septiembre 11, 2026
Medio Ambiente

Cero tolerancia al uso ilegal del agua: la CAR suspende obras de pozo profundo clandestino en Boyacá

Gracias a información compartida por la comunidad, la CAR, a través de su dirección regional Chiquinquirá dispuso la visita técnica para comprobar la presunta realización de trabajos de perforación sin contar con el instrumento legal correspondiente.

Durante la inspección se evidenció la presencia de un equipo de perforación y elementos asociados a la construcción del pozo, encontrándose la actividad en ejecución al momento de la visita. Asimismo, tras la verificación en los sistemas de información de la Corporación, no se evidenció un permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas para el sitio objeto de la actuación.

“La protección de las aguas subterráneas requiere acciones oportunas de prevención y control. Desde la CAR estamos realizando las verificaciones necesarias para evitar que actividades desarrolladas sin las autorizaciones ambientales correspondientes puedan generar riesgos sobre los acuíferos y, en consecuencia, sobre la disponibilidad y calidad del recurso hídrico”, afirmó Yiber González, director de la regional Chiquinquirá de la CAR.

Ante estos hechos, la CAR determinó la necesidad de imponer una medida preventiva en flagrancia, con el propósito de impedir la continuidad de la actividad y prevenir posibles impactos sobre el recurso hídrico subterráneo. Como parte de la actuación, se suspendieron las labores de perforación mediante el desmontaje del sistema de transmisión del equipo utilizado para estas actividades.

La Corporación advierte que la perforación de pozos sin las correspondientes autorizaciones ambientales puede representar riesgos para los sistemas hidrogeológicos, entre ellos la alteración de las condiciones naturales del acuífero, la contaminación del recurso hídrico subterráneo o la comunicación entre diferentes niveles acuíferos. Además, este tipo de actividades puede generar lodos, residuos y otros materiales que deben ser manejados adecuadamente para evitar impactos sobre el suelo y los recursos naturales.

La medida preventiva se adopta en el marco de las competencias de la autoridad ambiental y del principio de prevención, contemplado en la normativa ambiental vigente.

La CAR continuará con las actuaciones administrativas correspondientes, de acuerdo con los resultados de la verificación técnica.

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