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Condena a Ecopetrol

El Consejo de Estado condenó a la Empresa Colombiana de Petróleos – Ecopetrol – al pago de más de mil millones de pesos por la explosión de un tramo del poliducto Puerto Salgar – Facatativá

El Consejo de Estado condenó a la Empresa Colombiana de Petróleos – Ecopetrol – al pago de más de mil millones de pesos por la explosión de un tramo del poliducto Puerto Salgar – Facatativá, en zona rural del municipio de Albán (Cundinamarca), que afectó los predios rurales de la sociedad Fierro Ávila y Compañía.

Los hechos ocurrieron el 17 de marzo de 1991, cuando guerrilleros de las FARC activaron una carga explosiva contra el poliducto, lo cual ocasionó el derrame de gas propano y una detonación que destruyó las instalaciones agropecuarias, los cultivos y las plantaciones ubicadas en los terrenos de dicha Sociedad.

Ecopetrol rechazó la demanda argumentando que el daño se produjo por acción de la guerrilla en condiciones imprevisibles para la empresa, ya que ningún sistema de seguridad podría impedir la pérdida de fluido ocasionada por la voladura con cargas explosivas de las líneas de conducción.

Aunque el Consejo de Estado reconoce que la empresa no podía preveer la explosión y que había adoptado medidas de vigilancia y protección del oleoducto, así como mecanismos para detectar rápidamente las posibles fallas en su funcionamiento, encontró responsable a Ecopetrol porque la cercanía del poliducto ponía en riesgo los habitantes y predios aledaños, como ocurrió en este caso.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancourth, explicó que el paso del oleoducto por el área rural del municipio de Albán y por los predios de la Sociedad que demandó generó un riesgo de naturaleza excepcional que debe ser indemnizado.

“A pesar de que no se configura en este caso una falla del servicio, corresponde a Ecopetrol la reparación de los daños sufridos por la sociedad Fierro Ávila y Cia. Ello en razón a que el daño reviste el carácter de antijurídico y es imputable jurídicamente a la administración porque estuvo dirigido contra un objetivo claramente identificable como Estado, en el marco del conflicto armado interno, y supuso la materialización de un riesgo de naturaleza excepcional, creado concientemente por Ecopetrol para el desarrollo de su objeto social”, indica la sentencia.

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