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Restricción del transporte intermunicipal y municipal en el Aislamiento Preventivo Obligatorio

La Ministra de Transporte hizo referencia a la restricción del transporte intermunicipal y municipal de pasajeros. Se va a exigir que haya un límite de movilidad de hasta el 20% de la operación del servicio de transporte municipal, para las actividades de excepción: alimentos y salud.

La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, anunció este sábado la creación de un Centro Logístico de Control y Transporte, mediante el cual se articulará la movilidad de alimentos hacia los sitios de abastecimiento, así como de insumos y artículos para salud, durante los 19 días del Aislamiento Preventivo Obligatorio fijado por el Presidente Iván Duque Márquez.

La jefa de la cartera de Transporte explicó que este Centro Logístico de Control estará conformado por “todas las entidades del sector transporte, porque todas tienen que ver con las vías nacionales. Están la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, que es nuestro enlace en el territorio, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), el Instituto Nacional de Vías (Invías), la Superintendencia de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.

La Ministra agregó que la coordinación de este centro regulador estará a cargo de un delegado de la Presidencia de la República, quien deberá “administrar y vigilar por el cumplimento de la normatividad”, y para que se garantice el transporte de carga de productos para la alimentación de los colombianos y la provisión del sector salud.

Con respecto a otras medidas para el sector del transporte, en el marco de la Aislamiento Preventivo Obligatorio, la Ministra también resaltó las siguientes decisiones:

• Se restringe el transporte intermunicipal y municipal de pasajeros. Se va a exigir que haya un límite de movilidad de hasta el 20% de la operación del servicio de transporte municipal, para el sector salud, que garantice la movilidad de médicos, enfermeras y los prestadores del servicio de salud, y de aquellos que estén vinculados con actividades excepcionadas (alimentos, por ejemplo).

• Se restringe la operación comercial de pasajeros por vía aérea dentro del territorio nacional; se habilita, por vía de excepción, para aviones ambulancia y casos humanitarios.

• El Centro Logístico de Control y Transporte trabajará de la mano con las autoridades locales del sector, con el fin de coordinar acciones y evaluar posibles casos de excepción.

• Los puertos de servicio público y privado de carga mantendrán una operación abierta, para garantizar el abastecimiento. Las sociedades portuarias tendrán que tener un equipo mínimo de operadores para atender las necesidades básicas. Deberán estar sujetos a los protocolos de bioseguridad.

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